Se ha publicado un nuevo procedimiento para comunicar a la Administración de Seguridad Industrial los
accidentes que puedan darse en las instalaciones para mejorar las comunicaciones.
Es el TITULAR de la instalación quien tiene la obligación de comunicar el accidente o bien, si así se
acuerda, el instalador en su representación. El plazo máximo para esta comunicación es de 24 horas.
Un accidente según el Real Decreto 81/2020 es “todo evento que altere el funcionamiento normal de una
actividad e instalación y del que se deriven daños para las personas, bienes o medio ambiente, siendo la
propia instalación un bien a proteger”.
La comunicación, debe contener como mínimo los siguientes datos:
- Fecha, hora y lugar del accidente
- Descripción del accidente
- Avance de los daños causados.
- A través de la plataforma electrónica, en la sección que corresponda (equipos a presión,
instalaciones de gas y almacenamiento de gas, instalaciones térmicas, instalaciones frigoríficas,
almacenamiento de productos químicos, aparatos elevadores, accidentes graves), en “aportación de
documentación” marcando el nuevo check de “comunicación de accidentes”.